En el mismo lugar de la Casa de Campo

El alcalde de Madrid Pedro Rico López había quedado a las doce del mediodía para la entrega de la Casa de Campo al pueblo de Madrid.
Era el seis de mayo de 1931.  

Sólo unos días antes la Casa de Campo se había abierto, como un experimento, al público.

Acto de entrega de la Casa de Campo al Ayuntamiento de Madrid
Acto de entrega de la Casa de Campo al Ayuntamiento de Madrid

Después de firmar el documento, Pedro Rico aún afectado por el trato que había recibido la Casa de Campo el día 1 de mayo, pronunciaría aquella famosa frase:

¡Que la Casa de Campo no sea un lugar de orgías y francachelas!

RETROCEDAMOS UNOS DÍAS

En abril del año 1931 y cuando no había pasado una semana desde la proclamación de la II República, un decreto del Gobierno provisional sanciona la cesión de la Casa de Campo al Ayuntamiento para disfrute de los madrileños. Y no es un acto más, se convierte en el símbolo de los nuevos aires y de la nueva cultura, más próxima al contacto con las personas.

La revolución de 1868 había entregado El Buen Retiro al pueblo de Madrid, convirtiéndolo en un magnífico parque público.

La II República hace lo propio con todo un Real Sitio: La Casa de Campo.

A las 12 de la mañana del 6 de mayo de 1931, se escenifica la firma y entrega de la Casa de Campo al Ayuntamiento de Madrid.

A partir de este momento el Ayuntamiento presidido por el alcalde republicano Pedro Rico López crea una comisión, cuyos trabajos recaen en los Servicios Técnicos Municipales, su gerente, el arquitecto José de Lorite Kramer, y el arquitecto municipal encargado de las obras, Manuel Álvarez Naya, ellos se encargarán de dar forma y concreción a un detallado “Plan de utilización y aprovechamiento de la Casa de Campo”, que recoge las orientaciones científicas, culturales y educativas de los naturalistas, para un «parque natural y de aclimatación», y que, por otro lado, incorporaba proyectos más populares, con una zona de recreo dotada de piscinas, campo de deportes, bares, restaurantes y «un gran parque de atracciones al estilo de los Luna-Park de París y Bruselas».

La influencia que estos nuevos usos tuvo en la Casa de Campo no fue del todo positiva, ya que se crearon nuevos caminos asfaltados que contribuyeron a la masificación y el consiguiente paso de coches a motor.

En este periodo se construyen numerosas fuentes públicas y se abren accesos nuevos al recinto.

Hasta entonces era difícil visitar la Casa de Campo, sólo se abría al público una vez al año, el día de todos los santos, y se dejaba coger bellotas (una pequeña bolsa por persona), los demás días se necesitaba un pase especial o autorización.
Después de la entrega el Ayuntamiento se encuentra una Casa de Campo abandonada tanto en la jardinería como en los edificios que contiene.

Después del error cometido el 1 de mayo de 1931, donde una ingente masa de ciudadanos entraron sin control en la finca, que no estaba preparada para tales aglomeraciones, los responsables se dan cuenta de la fragilidad de un lugar que ha estado durante siglos aislado y protegido.

En lo concerniente a la toponimia, la II República cambia los nombres de muchos de sus paseos calles o caminos, sobre todo los que hacían referencia a personajes de la realeza. Crea nuevas plazas y en estos cambios nunca utiliza el personalismo, sino nombre relacionados con la naturaleza y en especial con las aves.

1 de mayo de 1931


La jornada, relataba ABC, vivía un paro general para celebrar la fiesta del 1 de mayo. «La población, sin tranvías, ni Metro, ni taxis, con todos los comercios, oficinas y talleres cerrados, ofrecía raro aspecto», mientras «en dirección a la Casa de Campo» y a otros grandes parques «comenzaron a marchar muy temprano miles de familias provistas de la comida para pasar el día».


De ahí las palabras que unos días después el 6 de mayo, pronunciaría el Alcalde Pedro Rico en la entrega simbólica de la Casa de Campo de manos del Ministro de Hacienda Indalecio Prieto:
“Para que se siembre en la conciencia colectiva de la multitud la verdadera finalidad de la entrega de la Casa de Campo, que no es para sitio de orgías, francachelas y merendonas, que destruirían y desvirtuarían el verdadero sentido de la entrega”.


Los proyectos para la Casa de Campo comenzaron inmediatamente a realizarse, se habilitaron los accesos y se construyeron fuentes y servicios, se pavimentaron caminos y se limpió y restauró el muro de El Lago.

Pero muchos de los grandes proyectos, afortunadamente, se quedaron en el camino por falta de financiación.

Luego años después se retomarían como el Parque de Atracciones, Zoológico, Teleférico etc.

Documento oficial de la entrega de la Casa de Campo que se firmó ese día AGP.

POR SI TE INTERESA EL TEXTO DE LO QUE SE FIRMÓ ESE DÍA

MINISTERIO DE HACIENDA

DECRETO

No dispone actualmente la Villa de Madrid de bosques, parques y jardines en la proporción que exige la densidad de su población. La inmediata incautación por el Estado de los bienes que formaban el patrimonio que fue de la Corona, facilita al Gobierno provisional de la República el medio de satisfacer aquella necesidad. Entre estos bienes figuran los terrenos de la Casa de Campo y el parque del Cam­po del Moro, cuya cesión al Ayuntamiento de Madrid, para ser desti­nados a solaz y recreo de los habitantes de la capital de la nación, ha sido reiteradamente reclamada. El Gobierno se regocija de que con el advenimiento de la República Española haya sobrevenido la posibili­dad de convertir en realidad aquel legítimo deseo de todos los madri­leños. Existen al presente, en una parcela reservada de la Casa de Campo, instalaciones de la Asociación general de Ganaderos, que se destinan, entre otros fines, a la celebración de Exposiciones. Interesa al pueblo de Madrid no poner obstáculos en la realización de estos fines, que le reportará beneficios. Desea el Gobierno, al otorgar al Ayuntamiento de Madrid la indicada cesión, no mermarla con cargas de ningún género; pero entra en su propósito el que no se estorbe, ni menos se destruya, la obra ya hecha por aquella Asociación, ni el plan que tiene concebido para utilizar la aludida parcela. Por esto espera que el Ayuntamiento de Madrid aceptará gustoso la permanencia de la instalación de que se trata. Por todo lo expuesto, el Gobierno pro­visional de la República, a propuesta del Ministro de Hacienda, de­creta:  Artículo 1° Se ceden al Ayuntamiento de Madrid, para que sean destinados a parques de recreo e instrucción, los terrenos de la Casa de Campo y del Campo del Moro, sitos en esta capital. El Ayun­tamiento no podrá dedicarlos a uso distinto de los ya expresados, quedando facultado para construir las edificaciones y realizar las transformaciones y mejoras que exija el cumplimiento de la finalidad con la cual se hace la cesión. Acerca de los proyectos de construc­ciones, transformaciones o mejoras a que se refiere el párrafo ante­rior deberá el Ayuntamiento ponerse de acuerdo con el Ministerio de Hacienda. La cesión se entenderá de modo que, siendo del Ayunta­miento el dominio de los terrenos de que se trata, queda tal dominio condicionado y limitado por la absoluta prohibición de cercenar las áreas actuales de aquellos inmuebles. Artículo 2.° Quedará reserva­da para la Asociación general de Ganaderos la parcela de la Casa de Campo que actualmente ocupa; y el Ministerio de Hacienda y el Ayuntamiento de Madrid estudiarán de común acuerdo lo precedente para que la entidad referida pueda seguir cumpliendo los fines a que obedece aquella ocupación. Artículo 3.° El Ministerio de Hacienda dictará las disposiciones necesarias para la ejecución de este decreto,

Madrid, 20 de abril de 1931. El Presidente del Gobierno provisional de la República, Niceto Alcalá Zamora y Torres. El Ministro de Hacienda, Indalecio Prieto y Tuero.»

Con el fin de completar cuanto se refiere al acto de la indicada ce­sión, copiase la mencionada acta, que dice lo siguiente:

«ACTA para hacer constar la entrega oficial de terrenos al ex­celentísimo Ayuntamiento de Madrid. Número ciento setenta y cinco. En Madrid, a seis de mayo de mil novecientos treinta y uno. Yo, Pedro Tobar, Notario por oposición y Abogado de los Ilustres Colegios de Madrid, Doctor en Derecho, Ciencias sociales y Filosofía y Letras, con vecindad y residencia en esta Capital, Puerta del Sol, número 13, por cesión de turno que me ha hecho mi señor padre y compañero D. Francisco Tobar y Vitón, a quien había correspondido, hago constar: PRIMERO: Que por virtud de la aludida cesión de turno me corresponde presenciar y dar fe del acto de entrega oficial por la representación del Estado al Excmo. Ayuntamiento de Madrid de los terrenos de la Casa de Campo y parque Campo del Moro, com­prendidos dentro de las tapias de estas posesiones y que fueron parte del Patrimonio que fue de la Corona y cuya cesión al citado Ayunta­miento fue decretada por el Gobierno provisional de la República, a propuesta del Excmo. Sr. Ministro de Hacienda, en veinte de abril último, habiéndose publicado el correspondiente decreto en la Gaceta de Madrid del día veintidós inmediato siguiente. SEGUNDO: Que habiéndose señalado para el citado acto el día de hoy y por hora de las doce, me he constituido con la antelación oportuna en la plazoleta que da frente a la fachada principal de la Casa administración de la Casa de Campo, y siendo la hora señalada, el Excmo. Sr. Ministro de Hacienda, D. Indalecio Prieto y Tuero, en representación del Estado, ha manifestado que sin perjuicio de que en su día se otorgue la es­critura procedente, hacía entrega oficial al Excmo. Ayuntamiento de Madrid, representado por el Presidente del mismo, el Excmo. señor Alcalde D. Pedro Rico y López, de los terrenos de la Casa de Campo y de los del parque Campo del Moro, comprendidos dentro de las ta­pias de dichas posesiones, de acuerdo y con las condiciones que se consignaron en el referido Decreto de cesión de veinte de Abril últi­mo, que será a tiempo reproducido en su totalidad, haciendo constar que como aclaración de lo preceptuado en el párrafo tercero del ar­tículo primero del mismo Decreto, el Ayuntamiento de Madrid debe­rá ponerse de acuerdo con el Ministerio de Hacienda para todas las modificaciones que quiera realizar en los bienes cedidos, acuerdo que será necesario también para las variaciones que pudieran proyectarse con relación a las cortas o podas extraordinarias de arbolado y a la estructura de paseos y jardines, por ser aquéllos una de las pocas muestras que quedan de la Jardinería clásica española que conviene conservar, y por la necesidad consiguiente de proceder con la mayor cautela en las alteraciones que hayan de realizarse. Asimismo se hace constar que dentro de las tapias de la posesión llamada Casa de Campo existe enclavada una finca particular denominada Pozos de la Nieve que se encuentra amojonada y que no perteneciendo al que fue Patrimonio de la Corona, no está comprendida en la cesión que por esta acta se formaliza. TERCERO: El Excmo. Sr. Alcalde Presi­dente del Ayuntamiento de Madrid, en representación del mismo, ha manifestado que recibe también oficialmente los expresados terrenos y parque para destinarlos a parques de recreo e instrucción con todas las condiciones que figuran en el referido Decreto de cesión y las que como aclaración se han consignado en esta acta, al cumplimiento de todas las cuales obliga al Ayuntamiento por él representado. De todo lo cual, yo, el Notario, levanto la presente acta, extendida en este pliego y en el que le antecede de la misma clase y serie número ante­rior, que leo íntegramente a los Excmos. Sres. Ministro de Hacienda y Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Madrid, a quienes conozco, después de advertidos del derecho que tienen de leerla por sí, a que renuncian, firmándola por encontrarla conforme conmigo, que a más la signo y rubrico y doy fe de todo su contenido. Indalecio Prieto y Tuero. Pedro Rico. Testigo: Antonio Vallejo. Testigo: Alfredo Zabala. Testigo: Miguel de Cámara. Testigo: Fabián Talanquer. Tes­tigo: Mariano Berdejo. Testigo: Enrique Ruiz de la Serna. Testigo: V. Casanueva. Testigo: Francisco Romero. Testigo: Luis R. Marín. Testigo: Gabriel Subias Testigo: Félix Ortega. Rubricados. Signado: Pedro Tobar. Rubricado. Doy fe de que esta acta es copia de su matriz señalada con el número al principio indicado en mi protocolo general corriente de instrumentos públicos.

Para el Excmo. Ayunta­miento de Madrid la expido en dos pliegos de papel timbrado común, el primero de la clase séptima, serie A, número dos millones doscien­tos cuatro mil trescientos treinta y siete, y éste de la clase octava, se­rie B. Madrid «doce» de Mayo de mil novecientos treinta y uno. Enmendado: «necesario». Entre líneas: «clásica» vale. Signado: Pedro Tobar.